COMPRAR EN ESPAÑA








Una gran mayoría de personas no saben exactamente qué pasos deben seguir antes de adquirir una propiedad, por favor, asesórense si tienen alguna duda antes de tomar ninguna decisión.

Comprar una propiedad en su propio país puede ser algo complicado, si sigue los siguientes pasos le será más fácil y cómodo.

Siempre se oyen historias acerca de comprar una propiedad. Una hipoteca que no se sabe que existe hasta que llega la carta de embargo... Estos desafortunados incidentes han ocurrido, pero si usted está preparado y sabe exactamente cómo actuar, o decide dejarlo todo en manos de un abogado, la compra de una propiedad se hará legal y segura.

 

ABOGADO

Es importante acudir a un abogado si la propiedad parece tener algún tipo de problema.

Por favor, no siga el consejo de personas desconocidas que le aseguran conocer todo el procedimiento de una compra - venta y es todo muy sencillo. El agente al que usted se dirija para realizar la compra – venta, le aconsejará un buen abogado en el caso que usted lo necesite. Nadie mejor que un abogado llevará a cabo la operación con éxito. Consulte el precio de los honorarios.

 

I.V.A. E IMPUESTO DE TRANSMISIONES

Una vez realizada la operación, si la propiedad es de primera ocupación tendrá que pagar a Hacienda el IVA (7%) del precio de la compra – venta. Si por el contrario la propiedad es de segunda mano tendrá que pagar el impuesto de transmisiones (6%).

ESCRITURA PÚBLICA

Los vendedores poseen el título legal de la propiedad, la Escritura Pública. Ello prueba que tienen derecho a vender, como está registrado en el Registro de la Propiedad.

NOTA SIMPLE

La Nota Simple es un certificado que se obtiene en el Registro de la Propiedad y detalla la inscripción de la Escritura. Lo más importante es que puede tener notas marginales que indican si la propiedad tiene algún tipo de cargas, como puede ser una hipoteca. Este documento es muy importante obtenerlo incluso antes de dar el depósito de la propiedad.

 

RECIBO DEL IBI

Es el pago anual del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, depende de cada Ayuntamiento. Este documento contiene el valor catastral de la propiedad, lo cual es muy importante porque repercute en otros impuestos, también se requiere para saber si está la propiedad al día del pago y cómo no para saber la cantidad a abonar anualmente.

 

 

 

 

CERTIFICADO CATASTRAL

El certificado catastral viene de la Oficina del Catastro que otra forma de registrar la propiedad. Esto concierne a la descripción física de la propiedad.

Dicho certificado consta de dos partes: Una descripción en texto y un mapa. La oficina catastral es también la fuente del valor catastral porque está basado en el tamaño y localización de la propiedad.

¿Por qué hay dos tipos de registros? La respuesta es que cada uno tiene una tarea distinta. El Registro de la Propiedad se refiere al Título de Propiedad Público y a la persona que es poseedora de dicho Título. El Catastro se ocupa de la descripción física.

Se necesita la información catastral porque para sorpresa del que quiere adquirir una propiedad, las medidas y límites de la propiedad que a veces vienen descritos en las Escrituras, no coinciden con la realidad. El Catastro hará posible aclarar y corregir los errores para hacerlo constar en la Escritura tal y como debe ser.

Es común que el vendedor no tenga este certificado, pero no es difícil obtenerlo.

 

RECIBOS DE COMUNIDAD

Al comprar un apartamento en un bloque, o una casa en una urbanización, se convierte le guste o no, en miembro de una comunidad de propietarios. Un grupo de vecinos comparten el control de zonas comunes, como puede ser el ascensor, patios, jardines, piscinas, carreteras o caminos comunes, agua de pozo comunitario...

Es necesario comprobar que todos los recibos del pago de la comunidad están a la orden del día.

 

CONTRATO Y DEPÓSITO

Una vez haya decidido comprar la propiedad, tras haber comprobado que la propiedad no tiene ningún tipo de problema, se formaliza un contrato de opción de compra entre el vendedor y usted, el abogado o en su defecto el agente, le pedirá un depósito, normalmente el 10% del precio de venta, que se entregará a la firma de contrato. Una vez que el vendedor recibe el dinero del depósito, y usted (comprador) no quisiese finalizar la venta, perdería el

CIERRE Y REGISTRO

La venta se completa cuando comprador y vendedor o los representantes legales de ambos van a notaría y firman el contrato ante notario.

Tras esto, las Escrituras tendrán que pasar por el Registro de la Propiedad para así elevar un documento privado a público.

•  Podemos recomendarle un abogado.

•  Él investigará todo lo necesario para asegurar que la compra de la propiedad se realiza sin cargas ni gravámenes.

•  Podemos recomendarle bancos, compañías aseguradoras, colegios...

•  La firma de Escritura puede tardar de 6 a 8 semanas desde el pago del depósito, no obstante variará dependiendo de cada caso.

•  El coste de las tasas de la compra (IVA o Impuesto de Transmisiones), tasas locales, y honorarios del abogado, normalmente pueden suponer un 10 % sobre el precio de la propiedad.